En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres, los representantes de la Nación Argentina, de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, signatarios del presente acuerdo, Declaran:Que durante los últimos años la sociedad Argentina tomó conciencia de la vulnerabilidad de los recursos hídricos, dándose la motivación para impulsar las acciones necesarias para la protección y el aprovechamiento sustentable de los mismos. Que se coincidió que el primer paso en esa dirección era definir una visión consensuada sobre los valores que nuestra sociedad le adjudica al agua, permitiéndose así definir las bases de un sistema jurídico e institucional que garantice una gestión integrada del recurso. Que la formalización de los lineamientos de política —Principios Rectores de Política Hídrica— gestados por todas las jurisdicciones en un marco federal de concertación, permitirá dotar a nuestro país de una Política de Estado en materia hídrica, que respetando las raíces históricas de las jurisdicciones, conjugue los intereses de carácter provincial, regional y nacional. En consecuencia, Acuerdan:

I- Adoptar los “Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina", comprometiéndose a compatibilizar e instrumentar dichos principios en las políticas, legislaciones y gestión de las aguas de sus respectivas jurisdicciones. II- Reconocer al Consejo Hídrico Federal como ámbito idóneo para la definición de la política hídrica de la República Argentina III- Elevar el presente Acuerdo al Congreso de la Nación para su conocimiento y materialización normativa a través de una Ley Marco de Política Hídrica para la República Argentina. IV- Impulsar los procedimientos que sean necesarios en las respectivas jurisdicciones para la ratificación del presente acuerdo.
Forma parte del presente acuerdo:

ANEXO I:
Ver Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina.

Se arriba así a un acuerdo —Acuerdo Federal del Agua— donde queda consensuado, en un marco de federalismo concertado, los fundamentos de una política hídrica nacional, racional y aglutinante de todos los sectores. En ejercicio de las facultades concurrentes entre las provincias y la Nación que nuestra Carta Constitucional consagra, este Acuerdo logra amalgamar principios de política que integran los aspectos sociales y ambientales relacionados con el agua como parte de las actividades productivas de la sociedad; incorporando principios básicos de organización, gestión y economía de los recursos hídricos en concierto con principios de protección del recurso. La adopción de los lineamientos de política hídrica así gestados —Principios Rectores— por parte de todas las Provincias y la Nación, permitirá dotar al país de una Política de Estado. "... una ley marco de política que sustente la gestión integrada del recurso hídrico " Como corolario del esfuerzo mancomunado de las veinticinco jurisdicciones en definir Principios Rectores de Política Hídrica, y a través de la instancia de consenso que posibilitó el Consejo Hídrico Federal (COHIFE), hoy es posible traducir la visión lograda en una Ley Marco de Política Hídrica, coherente y efectiva, que respetando las raíces históricas de cada jurisdicción, conjugue los intereses provinciales, regionales y nacional en una gestión integrada de los recursos hídricos que minimice los conflictos relacionados con el agua. La normalización de los Principios Rectores a través de una Ley Marco, por parte del Honorable Congreso de la Nación, permitirá fijar reglas claras y equitativas que brinden seguridad jurídica, evitándose así la proliferación de legislaciones parciales, dispersas, con dispositivos superpuestos y a menudo contrapuestas. Por último, cabe resaltar que la materialización de estos Principios Rectores en la gestión diaria requerirá el apoyo participativo de la comunidad en su totalidad y de un férreo compromiso del sector político, en el entendimiento que del manejo inteligente de las aguas depende la vida y la prosperidad de nuestro país.

 
 

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